Derecho de Familia
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MODIFICACIONES DE ORDENES DE CORTE
DIVORCIOS-PATERNIDAD-MODIFICACIONES–ORDENES DE RESTRICCION
Cuando un procedimiento de corte llega a su final, los jueces escriben un documento en cual incluye sus ordenes y a veces el razonamiento atreves del cual ese juez formo sus conclusiones legales. Ese documento es llamado “ORDEN FINAL/FINAL JUDGMENT”. Como su hombre lo indica, estas ordenes son finales. Pero, pueden ser modificadas. El proceso de modificación de una orden final requiere que la parte que quiera la modificación debe demostrar que cambios significantes han ocurrido desde que esa orden fue entrada. El argumento básico es que dado el cambio significante en las condiciones que justificaron la orden del juez en el momento que el juez la firmo, la corte debería re abrir la causa para modificarla.
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